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Rescate de la tierra y otras propiedades

23 La tierra no se podrá vender a perpetuidad, porque la tierra es mía y vosotros sois como residentes extranjeros en mi propiedad. 24 Por tanto, en toda la tierra que poseéis, concederéis el derecho a rescatar la posesión de la misma.

25 Si se empobrece tu hermano y tiene que vender parte de su propiedad, entonces su pariente más cercano vendrá y rescatará lo que su familiar tuvo que vender.

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