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13 En el año de jubileo a cada uno se le permite regresar a la tierra que les pertenecía a sus antepasados.

14 »Cuando hagas un acuerdo con tu vecino para comprar o para vender alguna propiedad, no se aproveche el uno del otro. 15 Cuando compres un terreno de tu vecino, el precio que pagues deberá estar basado en el número de años desde el último jubileo. El vendedor debe fijar el precio considerando el número de años que faltan para el siguiente año de jubileo.

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