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Año de remisión

15 Al cabo de cada siete años harás remisión de deudas(A). Así se hará[a] la remisión: todo acreedor[b] hará remisión de lo que haya prestado a su prójimo; no lo exigirá de su prójimo ni de su hermano, porque se ha proclamado la remisión del Señor. De un extranjero lo puedes exigir, mas tu mano perdonará[c] cualquier cosa tuya que tu hermano tenga[d](B). Y no habrá menesteroso entre vosotros, ya que el Señor de cierto te bendecirá en la tierra que el Señor tu Dios te da por heredad para poseerla(C), si solo escuchas fielmente la voz del Señor tu Dios, para guardar cuidadosamente todo este mandamiento que te ordeno hoy. Pues el Señor tu Dios te bendecirá como te ha prometido, y tú prestarás a muchas naciones, pero tú no tomarás prestado; y tendrás dominio sobre muchas naciones, pero ellas no tendrán dominio sobre ti(D).

Si hay un menesteroso contigo, uno de tus hermanos, en cualquiera de tus ciudades[e](E) en la tierra que el Señor tu Dios te da, no endurecerás tu corazón, ni cerrarás tu mano a tu hermano pobre(F), sino que le abrirás libremente tu mano(G), y con generosidad le prestarás lo que le haga falta para cubrir sus necesidades. Cuídate de que no haya pensamiento perverso[f] en tu corazón, diciendo: «El séptimo año, el año de remisión, está cerca(H)», y mires con malos ojos a[g] tu hermano pobre, y no le des nada(I); porque[h] él podrá clamar al Señor contra ti, y esto te será pecado(J). 10 Con generosidad le darás, y no te dolerá el corazón cuando le des, ya que el Señor tu Dios te bendecirá por esto en todo tu trabajo y en todo lo que emprendas[i](K). 11 Porque nunca faltarán pobres en tu[j] tierra(L); por eso te ordeno, diciendo: «Con liberalidad abrirás tu mano a tu hermano, al[k] necesitado y al[l] pobre en tu tierra».

12 Si un hermano tuyo, hebreo o hebrea, te es vendido, te servirá por seis años, pero al séptimo año lo pondrás en libertad[m](M). 13 Y cuando lo libertes, no lo enviarás con las manos vacías. 14 Le abastecerás liberalmente de tu rebaño, de tu era y de tu lagar; le darás conforme te haya bendecido el Señor tu Dios. 15 Y te acordarás que fuiste esclavo en la tierra de Egipto, y que el Señor tu Dios te redimió; por eso te ordeno esto hoy. 16 Y sucederá que si él te dice: «No me iré de tu lado», porque te ama a ti y a tu casa, pues le va bien contigo, 17 entonces tomarás una lezna y horadarás su oreja contra la puerta, y será tu siervo para siempre(N). Y lo mismo harás a tu sierva. 18 No te parezca duro cuando lo dejes en libertad[n], porque te ha dado seis años con el doble del servicio[o] de un jornalero; y el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas.

19 Todo primogénito que nazca de tu ganado y de tu rebaño consagrarás al Señor tu Dios(O); no trabajarás con el primogénito de tu ganado ni trasquilarás el primogénito de tu rebaño. 20 Lo comerás tú y tu casa cada año delante del Señor tu Dios(P) en el lugar que el Señor escoja. 21 Pero si tiene algún defecto, si es cojo o ciego o con cualquier otro defecto grave, no lo sacrificarás al Señor tu Dios(Q). 22 Lo comerás dentro de tus ciudades[p]; el inmundo lo mismo que el limpio pueden comerlo, como se come una gacela o un ciervo(R). 23 Solo que no comerás su sangre; la derramarás como agua sobre la tierra(S).

Footnotes

  1. Deuteronomio 15:2 Lit., Y esta es la manera de
  2. Deuteronomio 15:2 Lit., señor que presta de su mano
  3. Deuteronomio 15:3 O, exonerará
  4. Deuteronomio 15:3 Lit., esté con tu hermano
  5. Deuteronomio 15:7 Lit., puertas
  6. Deuteronomio 15:9 Lit., palabra de Belial
  7. Deuteronomio 15:9 Lit., tu ojo sea malo para con
  8. Deuteronomio 15:9 Lit., y
  9. Deuteronomio 15:10 Lit., en todo extender de tu mano
  10. Deuteronomio 15:11 Lit., en medio de la
  11. Deuteronomio 15:11 Lit., a tu
  12. Deuteronomio 15:11 Lit., a tu
  13. Deuteronomio 15:12 Lit., le libertarás de ti
  14. Deuteronomio 15:18 Lit., le libertarás de ti
  15. Deuteronomio 15:18 Lit., valor
  16. Deuteronomio 15:22 Lit., puertas

El año de remisión

15 Cada siete años harás remisión. Y esta es la manera de la remisión: perdonará a su deudor todo aquel que hizo empréstito de su mano, con el cual obligó a su prójimo; no lo demandará más a su prójimo, o a su hermano, porque es pregonada la remisión de Jehová. Del extranjero demandarás el reintegro; pero lo que tu hermano tuviere tuyo, lo perdonará tu mano, para que así no haya en medio de ti mendigo; porque Jehová te bendecirá con abundancia en la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad para que la tomes en posesión, si escuchares fielmente la voz de Jehová tu Dios, para guardar y cumplir todos estos mandamientos que yo te ordeno hoy. Ya que Jehová tu Dios te habrá bendecido, como te ha dicho, prestarás entonces a muchas naciones, mas tú no tomarás prestado; tendrás dominio sobre muchas naciones, pero sobre ti no tendrán dominio.

Préstamos a los pobres

Cuando haya en medio de ti menesteroso de alguno de tus hermanos en alguna de tus ciudades, en la tierra que Jehová tu Dios te da, no endurecerás tu corazón, ni cerrarás tu mano contra tu hermano pobre, sino abrirás a él tu mano liberalmente, y en efecto le prestarás lo que necesite.(A) Guárdate de tener en tu corazón pensamiento perverso, diciendo: Cerca está el año séptimo, el de la remisión, y mires con malos ojos a tu hermano menesteroso para no darle; porque él podrá clamar contra ti a Jehová, y se te contará por pecado. 10 Sin falta le darás, y no serás de mezquino corazón cuando le des; porque por ello te bendecirá Jehová tu Dios en todos tus hechos, y en todo lo que emprendas. 11 Porque no faltarán menesterosos en medio de la tierra;(B) por eso yo te mando, diciendo: Abrirás tu mano a tu hermano, al pobre y al menesteroso en tu tierra.

Leyes sobre los esclavos

(Ex. 21.1-11)

12 Si se vendiere a ti tu hermano hebreo o hebrea, y te hubiere servido seis años, al séptimo le despedirás libre. 13 Y cuando lo despidieres libre, no le enviarás con las manos vacías. 14 Le abastecerás liberalmente de tus ovejas, de tu era y de tu lagar; le darás de aquello en que Jehová te hubiere bendecido. 15 Y te acordarás de que fuiste siervo en la tierra de Egipto, y que Jehová tu Dios te rescató; por tanto yo te mando esto hoy. 16 Si él te dijere: No te dejaré; porque te ama a ti y a tu casa, y porque le va bien contigo; 17 entonces tomarás una lesna, y horadarás su oreja contra la puerta, y será tu siervo para siempre; así también harás a tu criada. 18 No te parezca duro cuando le enviares libre, pues por la mitad del costo de un jornalero te sirvió seis años; y Jehová tu Dios te bendecirá en todo cuanto hicieres.(C)

Consagración de los primogénitos machos

19 Consagrarás a Jehová tu Dios todo primogénito macho de tus vacas y de tus ovejas;(D) no te servirás del primogénito de tus vacas, ni trasquilarás el primogénito de tus ovejas. 20 Delante de Jehová tu Dios los comerás cada año, tú y tu familia, en el lugar que Jehová escogiere. 21 Y si hubiere en él defecto, si fuere ciego, o cojo, o hubiere en él cualquier falta, no lo sacrificarás a Jehová tu Dios. 22 En tus poblaciones lo comerás; el inmundo lo mismo que el limpio comerán de él, como de una gacela o de un ciervo. 23 Solamente que no comas su sangre;(E) sobre la tierra la derramarás como agua.

El año del perdón de las deudas

15 Cada siete años perdonarás las deudas. Lo harás de la siguiente manera: cada acreedor perdonará a su prójimo el préstamo que le haya hecho. Ya no exigirá a su prójimo o hermano el pago de la deuda, porque se habrá proclamado el año del perdón de las deudas en honor del Señor. Podrás exigirle el pago de sus deudas al extranjero, pero a tu hermano perdonarás cualquier deuda que tenga contigo. Entre ustedes no deberá haber pobres, porque el Señor tu Dios te colmará de bendiciones en la tierra que él mismo te da para que la poseas como herencia. Y así será, siempre y cuando obedezcas al Señor tu Dios y cumplas fielmente todos estos mandamientos que hoy te ordeno. El Señor tu Dios te bendecirá, como lo ha prometido, y tú podrás prestar a muchas naciones, pero no tendrás que pedir prestado de ninguna. Dominarás a muchas naciones, pero ninguna te dominará a ti.

Cuando en alguna de las ciudades de la tierra que el Señor tu Dios te da haya algún pobre entre ustedes, no endurezcas tu corazón ni le cierres tu mano. Antes bien, tiéndele la mano y préstale generosamente lo que necesite. No des cabida en tu corazón a la perversa idea de que, por acercarse el año séptimo, año del perdón de las deudas, puedes hacer mala cara y no dar nada a tu compatriota necesitado. De lo contrario, él podrá apelar al Señor contra ti y tú resultarás culpable de pecado. 10 Den con generosidad y háganlo de buena gana; así el Señor tu Dios bendecirá todos tus trabajos y todo lo que emprendas. 11 Gente pobre en esta tierra siempre la habrá; por eso te ordeno que seas generoso con tus hermanos hebreos y con los pobres y necesitados de tu tierra.

Liberación de los esclavos(A)

12 Si tu hermano hebreo, hombre o mujer, se vende a ti y te sirve durante seis años, en el séptimo año lo dejarás libre. 13 Y cuando lo liberes, no lo despidas con las manos vacías. 14 Abastécelo bien con regalos de tus rebaños, de tus cultivos y de tu lagar. Dale según el Señor tu Dios te haya bendecido. 15 Recuerda que fuiste esclavo en Egipto, y que el Señor tu Dios te dio libertad. Por eso te doy ahora esta orden.

16 Pero si tu esclavo, porque te ama a ti y a tu familia y le va bien contigo, te dice: «No quiero dejarte», 17 entonces tomarás un punzón y, apoyándole la oreja contra una puerta, le perforarás el lóbulo. Así se convertirá en tu esclavo de por vida. Lo mismo harás con la esclava.

18 No te pese dejar en libertad a tu esclavo, porque sus servicios durante esos seis años te costaron apenas la mitad de lo que habrías pagado a un jornalero. Así el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas.

Los animales primogénitos

19 Consagrarás para el Señor tu Dios todo primogénito macho de tus vacas y ovejas. No pondrás a trabajar al primogénito de tus bueyes ni esquilarás al primogénito de tus ovejas. 20 Cada año, tú y tu familia los comerán en la presencia del Señor tu Dios, en el lugar que él habrá de elegir. 21 Si alguno de esos animales está cojo o ciego, o tiene algún otro defecto grave, no se lo presentarás en sacrificio al Señor tu Dios. 22 En tal caso, podrás comerlo en tu propia ciudad, como si fuera una gacela o un ciervo, estés o no ritualmente puro. 23 Pero no comerás la sangre, sino que la derramarás en la tierra como si fuera agua.