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Leyes para la restitución

22 »Si alguien roba un buey o una oveja, y los degüella o los vende, por el buey devolverá cinco bueyes, y por la oveja devolverá cuatro ovejas.

»Si un ladrón es pillado forzando una casa, y es herido y muere, no se culpará de su muerte al que lo haya herido.

»Si el robo ocurre durante el día, el que mate al ladrón será culpable de homicidio.

»El ladrón deberá devolver todo lo que haya robado. Si no tiene con qué pagar, será vendido por lo que haya robado. Si es hallado con el animal robado en la mano y aún vivo, sea un buey, un asno o una oveja, deberá pagar el doble de lo robado.

»Si alguien lleva a su ganado a pacer en un campo o un viñedo ajeno, deberá indemnizar al dueño con lo mejor de su propio campo y de su propio viñedo.

»Si alguien prende fuego para quemar espinos, y quema un campo con mieses amontonadas o en pie, deberá pagar por lo que se haya quemado.

»Si alguien pide a su prójimo que le guarde plata o alhajas, y esto es robado de su casa, si el ladrón es hallado, se le hará pagar el doble. Si el ladrón no es hallado, entonces el dueño de la casa será llevado ante los jueces para ver si ha metido mano en los bienes de su prójimo.

»En todo caso de posesión dudosa, trátese de un buey, un asno, una oveja, un vestido, o cualquier otra cosa perdida, si alguien dice ser el dueño, el caso será llevado ante los jueces, y la parte que los jueces declaren culpable deberá pagar el doble a su prójimo.

10 »Si alguien deja un asno, un buey, una oveja, o cualquier otro animal, al cuidado de un amigo, y el animal muere, o es lastimado, o robado sin que nadie lo atestigüe, 11 el amigo hará un juramento ante el Señor de que no metió mano en los bienes del dueño. Éste deberá aceptar el juramento como verdadero, y el amigo no pagará nada.

12 »Si el animal le es robado, el amigo deberá indemnizar al dueño.

13 »Si el animal es atacado por una fiera, presentará el animal muerto como testimonio, y no pagará ninguna indemnización.

14 »Si alguien pide a un amigo que le preste una bestia, y ésta es lastimada, o muere, deberá pagar por ella, si su amigo estaba ausente.

15 »Si el dueño estaba presente, no pagará nada.

»Si la bestia había sido alquilada, el dueño recibirá sólo el alquiler como pago.

Leyes humanitarias

16 »Si alguien seduce a una doncella aún soltera, y se acuesta con ella, deberá pagar su dote y tomarla por mujer.

17 »Si el padre se niega a entregarla, el seductor deberá de todos modos pagar en plata la dote señalada para las vírgenes.(A)

18 »No dejarás con vida a ninguna hechicera.(B)

19 »Cualquiera que tenga contacto sexual con un animal, será condenado a muerte.(C)

20 »Los sacrificios son sólo del Señor. El que ofrezca sacrificios a otros dioses, será condenado a muerte.(D)

21 »No engañarás ni maltratarás al extranjero, porque también ustedes fueron extranjeros en Egipto.

22 »No afligirás a las viudas ni a los huérfanos.(E) 23 Si llegas a afligirlos, y ellos me piden ayuda, yo atenderé su clamor. 24 Entonces se encenderá mi furor, y yo los mataré a espada, y las viudas y los huérfanos serán las mujeres y los hijos de ustedes.

25 »Si prestas dinero a alguno de los pobres de mi pueblo, que viva contigo, no te portarás con él como un prestamista ni le cobrarás intereses.(F)

26 »Si recibes como prenda el vestido de tu prójimo, deberás devolvérselo al ponerse el sol. 27 Porque, ¿cómo podrá dormir, si eso es lo único que tiene para cubrirse? Y si él me pide ayuda, yo lo atenderé, porque soy misericordioso.(G)

28 »No ofenderás a los jueces,[a] ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.(H)

29 »No retendrás las primicias de tu cosecha ni de tu lagar.

»Me darás tu hijo primogénito.

30 »Me darás también la primera cría de tu buey y de tu oveja. Podrán quedarse con su madre siete días, pero al octavo día deberás entregármelas.

31 »Ustedes serán hombres consagrados a mí.

»No comerán la carne de animales destrozados por las fieras(I) salvajes. Esa carne se la echarán a los perros.

Footnotes

  1. Éxodo 22:28 O, a Dios.

Leyes sobre la restitución

22 Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.

Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte. Pero si fuere de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto. Si fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble.

Si alguno hiciere pastar en campo o viña, y metiere su bestia en campo de otro, de lo mejor de su campo y de lo mejor de su viña pagará.

Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.

Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble. Si el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo.

En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.

10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y este muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie; 11 juramento de Jehová habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará. 12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño. 13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado.

14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla. 15 Si el dueño estaba presente no la pagará. Si era alquilada, reciba el dueño el alquiler.

Leyes humanitarias

16 Si alguno engañare a una doncella que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer. 17 Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de las vírgenes.(A)

18 A la hechicera(B) no dejarás que viva.

19 Cualquiera que cohabitare con bestia, morirá.(C)

20 El que ofreciere sacrificio a dioses excepto solamente a Jehová, será muerto.(D)

21 Y al extranjero no engañarás ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto. 22 A ninguna viuda ni huérfano afligiréis.(E) 23 Porque si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor; 24 y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos.

25 Cuando prestares dinero a uno de mi pueblo, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura.(F) 26 Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a la puesta del sol se lo devolverás. 27 Porque solo eso es su cubierta, es su vestido para cubrir su cuerpo. ¿En qué dormirá? Y cuando él clamare a mí, yo le oiré, porque soy misericordioso.(G)

28 No injuriarás a los jueces,[a] ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.(H)

29 No demorarás la primicia de tu cosecha ni de tu lagar.

Me darás el primogénito de tus hijos. 30 Lo mismo harás con el de tu buey y de tu oveja; siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.

31 Y me seréis varones santos. No comeréis carne destrozada por las fieras(I) en el campo; a los perros la echaréis.

Footnotes

  1. Éxodo 22:28 O, a Dios.